¿Se puede hacer un pozo en una finca rústica? Ley, trámites y coste
Sí: en tu propia finca puedes sacar hasta 7.000 m³ de agua subterránea al año sin concesión. Pero casi siempre hay que comunicarlo antes de perforar, y en algunos sitios hace falta autorización.
La regla: 7.000 m³ al año
La Ley de Aguas permite usar en una finca el agua de los manantiales que nacen en ella y las aguas subterráneas que se saquen en ella, mientras el total no pase de 7.000 m³ al año (art. 54.2 TRLA). Es mucha agua para una casa: dos personas gastan unos 70 m³ al año. El agua solo puede usarse en esa misma finca (art. 84.3 RDPH). Por encima de 7.000 m³ hace falta una concesión.
Qué trámite te toca
- Lo normal: comunicarlo. Antes de perforar, se comunica al organismo de cuenca con la certificación catastral de la parcela, el caudal y el volumen previstos y las obras. El organismo lo revisa e inscribe el pozo en el Registro de Aguas (arts. 85 y 88 RDPH).
- Autorización si el acuífero está declarado en riesgo de no alcanzar el buen estado: no se puede perforar sin ella (art. 84.2 RDPH).
- Autorización si el pozo queda a menos de 100 m de un cauce (la zona de policía): el organismo comprueba que no le resta agua al río o arroyo (art. 87.4 RDPH).
- Distancias: 20 m con otros pozos en suelo rústico si el caudal es menor de 0,15 L/s, y 100 m si es mayor, salvo que el plan hidrológico diga otra cosa (art. 87.2 RDPH).
El informe de cualquier parcela en el mapa te dice si el acuífero está declarado en riesgo y a qué distancia pasa el cauce más cercano.
A quién se pide
Al organismo de la demarcación hidrográfica donde está la finca. Las cuencas que cruzan varias comunidades las llevan las confederaciones del Estado; las internas, agencias autonómicas con sus propios formularios sobre la misma ley.
| Demarcación | Organismo |
|---|---|
| Miño-Sil | Confederación Hidrográfica del Miño-Sil |
| Galicia-Costa | Augas de Galicia |
| Cantábrico Oriental | Confederación Hidrográfica del Cantábrico (URA en las cuencas internas del País Vasco) |
| Cantábrico Occidental | Confederación Hidrográfica del Cantábrico |
| Duero | Confederación Hidrográfica del Duero |
| Tajo | Confederación Hidrográfica del Tajo |
| Guadiana | Confederación Hidrográfica del Guadiana |
| Guadalquivir | Confederación Hidrográfica del Guadalquivir |
| Cuencas Mediterráneas Andaluzas | Junta de Andalucía |
| Guadalete y Barbate | Junta de Andalucía |
| Tinto, Odiel y Piedras | Junta de Andalucía |
| Segura | Confederación Hidrográfica del Segura |
| Júcar | Confederación Hidrográfica del Júcar |
| Ebro | Confederación Hidrográfica del Ebro |
| Cuencas Internas de Cataluña | Agència Catalana de l'Aigua |
| Illes Balears | Govern de les Illes Balears (Administración Hidráulica) |
| Gran Canaria | Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria |
| Fuerteventura | Consejo Insular de Aguas de Fuerteventura |
| Lanzarote | Consejo Insular de Aguas de Lanzarote |
| Tenerife | Consejo Insular de Aguas de Tenerife |
| La Palma | Consejo Insular de Aguas de La Palma |
| La Gomera | Consejo Insular de Aguas de La Gomera |
| El Hierro | Consejo Insular de Aguas de El Hierro |
| Ceuta | Confederación Hidrográfica del Guadalquivir |
| Melilla | Confederación Hidrográfica del Guadalquivir |
Cuánto cuesta
Un sondeo doméstico, todo incluido (perforación, entubado, bomba, cabezal y trámites), según la profundidad:
| Profundidad | Coste aproximado |
|---|---|
| 50 m | 4.000–9.000 € |
| 100 m | 6.500–15.500 € |
| 150 m | 9.000–22.000 € |
Estimación con precios publicados por empresas en España (octubre de 2026): perforación 35–90 € el metro, entubado 15–40 € el metro, y 1.500–2.500 € de bomba, cabezal y trámites. La roca dura sube el precio. Pide tres presupuestos.
Si la finca ya tiene pozo
Pregunta si está inscrito en el Registro de Aguas y pide la resolución. Un pozo sin inscribir se puede legalizar en muchos casos, pero es un trámite que hereda el comprador. Pregunta también cuánto da en agosto, no en primavera.
Antes de perforar
Mira qué encontraron los pozos registrados cerca y a qué profundidad: el informe de cada parcela lo resume, y cada página de municipio da las cifras del término. Elegir el punto exacto es trabajo de un hidrogeólogo.
Consultar el agua de una parcela →
TRLA (Real Decreto Legislativo 1/2001) art. 54; RDPH (Real Decreto 849/1986, redacción de 2023) arts. 84–88. Información, no asesoramiento: el organismo de cuenca tiene la última palabra.